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ESTATUTOS

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

DEFINICIÓN, CARACTERIZACIÓN, DOMICILIO Y DURACIÓN

Artículo Nº 1. Definición: Con la denominación Federación de Estudiantes Universitarios de Colombia, cuyo acrónimo será FEU-Colombia para todos los efectos, los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior residentes en el país conformamos una organización estudiantil con vocación unitaria por una educación para un nuevo país.

Artículo Nº 2. Caracterización: En tanto nace y se arraiga entre los jóvenes cursantes de estudios del nivel profesional, técnico y/o tecnológico en IES públicas y privadas del país, la FEU-Colombia se constituye como una expresión gremial con apuestas políticas tendientes a transformar estructuralmente la educación superior del país; en otras palabras, se proyecta como una organización estudiantil soportada en diferentes dinámicas organizativas y de movilización del estudiantado que, articuladas entre si y sintonizadas con sus definiciones centrales, conforman la federación y la perfilan como un referente de lucha en defensa de los derechos e intereses de los estudiantes, así como en pugna por una educación para la segunda y definitiva independencia.

Artículo Nº 3. Domicilio y ámbito de acción: El domicilio de la FEU-Colombia será relativo e impreciso, pues este será definido por el comité nacional de delegados y su ámbito de acción será todo el territorio nacional de la república de Colombia, en particular las instituciones de educación superior. 

Artículo Nº 4. Duración: La duración de la FEU-Colombia será indefinida hasta cuando su máxima instancia de decisión determine su disolución.

 

CAPÍTULO II 

PRINCIPIOS

Artículo Nº 5. Principios: La FEU-Colombia se desenvolverá atendiendo a los siguientes principios: 

a. La pluralidad: independiente de las corrientes de pensamiento o roles sociales de sus integrantes, la FEU-Colombia se estructura reconociendo, articulando e incluyendo la pluralidad del estudiantado colombiano que se identifica con sus principios y plataforma. 

b. La unidad: entendiendo que la FEU-Colombia es una organización unitaria, es decir, una expresión de la unidad de la pluralidad del estudiantado, todas sus instancias de decisión, dirección y coordinación deben convocar permanentemente al conjunto de los integrantes e identificarlos con la federación en función de la discusión y la construcción de acuerdos. 

c. La democracia interna y dirección colectiva: en aras de propiciar e incluir a la totalidad de sus integrantes, la FEU-Colombia abre sus estructuras de decisión a la participación permanente de todos quienes se identifican con la federación; por ende, sus instancias de decisión y dirección nacional y las de coordinación y articulación regional o local, incorporan a la pluralidad convergente en la organización, sin menoscabo de la participación decisoria de todos. 

d. El trabajo de base: la FEU-Colombia fundamenta su trabajo en el interior de las Instituciones de Educación Superior o desde estas hacia los sectores sociales y populares, a través de grupos, desarrollando proyectos de intervención o poniendo en marcha iniciativas de acción y movilización. Todos los federados estarán inmiscuidos en una dinámica social o política susceptible de facilitar y enriquecer el planteamiento reivindicativo y político de la federación. 

e. El pensamiento latinoamericano: la FEU-Colombia asume el pensamiento latinoamericano comprendido en nuestros pueblos y enraizado en la historia de Nuestra América, tales como el Pensamiento Bolivariano, Cimarrones e Indígena y demás idearios latinoamericanos que construyen, defienden y cohesionan a Nuestra América y el Caribe, que inspiran y guían su lucha y permiten la formación de una conciencia patriótica que reafirme nuestra autenticidad e identidad. 

f. La crítica y la autocrítica: la FEU-Colombia asume la crítica y la autocrítica, entendida como un proceso de consolidación interna, a través del cual se evalúan los éxitos y deficiencias, y se estudian y toman medidas para poder superarlos. 

g. La solidaridad: la FEU-Colombia incorpora y desarrolla en su accionar la lucha gremial y popular, y la solidaridad con las organizaciones sociales del campo popular colombiano; así como con las organizaciones estudiantiles, juveniles y populares de Nuestra América y el mundo que luchan contra el neoliberalismo, enarbolan el antiimperialismo y propugnan por construir un nuevo orden social que reivindique una educación para la emancipación. 

h. La autonomía respecto a las instituciones gubernamentales y estatales: en la definición de sus políticas, planes y actividades, la FEU-Colombia es totalmente autónoma respecto a los organismos gubernamentales y estatales, instituciones privadas, y partidos políticos, primando siempre la discusión y la decisión de sus integrantes. 

Artículo N° 6. Plataforma: 

LA FEDERACIÓN Y LOS ESTUDIANTES 

La FEU reivindica y defiende los derechos e ideales del estudiantado colombiano y se compromete con la lucha para conquistarlos. Actúa permanentemente por la promoción y defensa de los derechos que ya han sido ganados y por alcanzar aquellos que la lucha aún nos demanda. 

Por un verdadero sistema de Bienestar Estudiantil que garantice la inclusión y la permanencia de los Estudiantes en las instituciones de Educación Superior con equidad y brindando las mejores condiciones para el desarrollo de todas las labores que constituyen la vida universitaria. 

Por el respeto a la libertad de pensamiento y expresión junto a todos aquellos principios que constituyen la libertad de Cátedra, de manera autónoma y por las garantías necesarias que les permitan ejercer estos derechos. Así como el respeto de sus costumbres, creencias étnicas, religiosas y tendencias sexuales y políticas. 

Por la creación de condiciones para el ejercicio de todas las actividades estudiantiles como la financiación de proyectos e investigaciones, además de procurar una formación integral, física, socio-afectiva, espiritual, política, ética, entre otras.

Por la construcción de procesos organizativos, escenarios de definición y formas de participación estudiantil construidas por las y los estudiantes en cada universidad e institución técnica y tecnológica, y su reconocimiento como espacios legítimos de decisión. 

LA FEDERACIÓN Y LA EDUCACIÓN

La FEU trabaja y lucha por una Educación Superior formadora de hombres y mujeres libres, financiada totalmente por el Estado, autónoma, democrática, con libertad de cátedra, con excelencia académica y calidad educativa y generadora de un conocimiento científico. La Educación Superior deberá ser entendida como un derecho y no como un servicio, acorde con un proyecto de País Soberano y con Justicia Social. 

La FEU lucha por una educación pública como derecho fundamental y bien común, gratuita, de total cobertura y calidad, que sea científica y que incluya la educación técnica, tecnológica, étnica, campesina y popular; cuya práctica e investigación sean dirigidas a solucionar los problemas más sentidos del pueblo colombiano. 

La FEU asume la permanente lucha por el acceso del pueblo al conocimiento integral, el reconocimiento y desarrollo de todas las formas de etnoeducación y de educación popular. Por la implementación de cátedras de pensamiento latinoamericano, que tengan como objetivo una educación hacia la unidad de nuestros pueblos e integración de Nuestra América. 

Por una verdadera Autonomía Universitaria que contemple espacios como la democracia interna, la libertad que debe tener la comunidad universitaria para definir y orientar sus políticas, planes académicos, investigación, su organización y gobierno interno, así como la designación y ejecución del presupuesto que debe ser en su totalidad financiado por el Estado. Esta autonomía debe permitir cumplir con la función social de la educación superior. 

Por el desarrollo de ciencia y tecnología que reconozca el conocimiento ancestral, tradicional y popular que se ajuste a las necesidades de la sociedad, dirigidas al bienestar colectivo de nuestro país, teniendo en cuenta los diferentes contextos regionales. 

Por un nuevo modelo educativo para el SENA, que este basado es una política de financiación por parte del Estado que garantice el funcionamiento e impida su privatización. Por la transformación democrática de su vida interna, el respeto al derecho de asociación de los Estudiantes-trabajadores y garantías laborales con seguridad social en la ejecución de sus contratos de aprendizaje. 

LA FEDERACION Y LA SOCIEDAD

La FEU se compromete con la lucha por una mejor Colombia en la que se reconozca la diversidad étnica, cultural y religiosa que constituye y enriquece a nuestro país. 

La construcción de un nuevo modelo educativo demanda una Organización Estudiantil Unitaria acorde con el momento histórico en que se constituya. 

Una solución política al conflicto social y armado colombiano, que resuelva las causas estructurales que lo generaron, en contravía a la salida militarista impuesta por la oligarquía colombiana. 

Por el reconocimiento de las comunidades campesinas, afro colombianas e indígenas, por el respeto de sus creencias y costumbres, además de la implementación de cátedras que den a conocer y fortalecer su cultura.

Por el fortalecimiento y defensa de la unidad de todos y todas los estudiantes colombianos alrededor de la igualdad, la libertad, la integración y una verdadera y real democracia para todos.

Por la unidad de las y los estudiantes con los sectores sociales y populares, que luchan por la soberanía, la democracia y la justicia social en nuestro país, desatando el poder constituyente del pueblo colombiano. 

La FEU rechaza las políticas que sean contrarias al principio de soberanía y autodeterminación de los pueblos, por considerar que traen mayor pobreza, exclusión, hambre y pauperización de la economía colombiana así como todas las políticas de intervención extranjera económicas, políticas y militares que atenten contra la soberanía de nuestra Colombia. 

Por la abolición del servicio militar obligatorio, contra el aumento del gasto militar en detrimento de la inversión social y por la construcción de unas fuerzas armadas democráticas, desligadas de la criminalización del derecho a la protesta, al igual que el respeto de estas a los campus universitarios y demás instituciones educativas. 

En rechazo al fascismo y al terrorismo de estado que a través de mecanismos institucionales y para-institucionales que cercenan la posibilidad de disentir, imposibilitando el ejercicio de la oposición política y las libertad democráticas. 

Por la defensa de los derechos fundamentales del ser humano como la vida digna, la libertad de pensamiento, de organización, el respeto al debido proceso, entre otros. Declaramos nuestra solidaridad con los prisioneros políticos a la vez que rechazamos el calificativo de terroristas, impuesto por la oligarquía a los luchadores sociales. 

Impulsamos y asumimos la solidaridad con las luchas de los pueblos de nuestra América y del mundo identificándonos en el antiimperialismo y el principio de libre autodeterminación de los pueblos. 

 

CAPITULO III

PATRIMONIO

Artículo Nº 7. El patrimonio: el patrimonio de FEU-Colombia estará conformado por:

a. Aportaciones de entidades públicas o privadas, jurídicas o naturales que a titulo de donación entreguen algún bien mueble o inmueble o algún tipo de aporte monetario a la FEU-Colombia. 

b. Aportes de los integrantes de la FEU-Colombia.

c. Actividades de financiación

 

TITULO II

DE LOS INTEGRANTES

CAPITULO I

COMPROMISOS DE LOS INTEGRANTES

Artículo Nº 8. Integrantes: Los integrantes de la FEU-Colombia podrán ser todos los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior que se identifiquen con sus principios y programa, y que hagan parte de algunas de sus formas organizativas. 

Parágrafo: la FEU-Colombia considera como grupos de base toda la pluralidad de formas organizativas que posibiliten la lucha por una nueva educación. 

Artículo Nº 9. Derechos de las expresiones organizativas y de los federados: Los integrantes de la FEUColombia tendrán los siguientes derechos: 

a. Tomar parte en las instancias de dirección, coordinación y ejecución de la FEU-Colombia con discusiones, planteamientos, propuestas u otra iniciativa susceptible de ser discutida por la totalidad de participantes. 

b. Participar con carácter decisorio en las instancias de dirección y coordinación de la FEU Colombia, según corresponda.

c. Acceder a información oportuna acerca del curso de la FEU-Colombia y el desarrollo de las conclusiones de sus congresos y de las reuniones de la Asamblea Nacional de Delegados, y demás espacios de dirección. 

d. Solicitar y obtener la solidaridad moral, política y económica de los integrantes de la FEU.

e. Solicitar y obtener con celeridad el respaldo de las diferentes instancias de la federación, ante coyunturas o dificultades que se presenten. 

f. Participar en los diferentes espacios de cualificación que organice la federación.

g. A no ser expulsado, censurado, vetado, o apartado de la federación sin agotar el debido proceso, a través de las respectivas instancias desde lo local hasta lo nacional.

Artículo Nº 10. Deberes de las expresiones organizativas y de los federados: Los integrantes de la FEU-Colombia asumirán los siguientes deberes: 

a. Cumplir los presentes estatutos y las decisiones emanadas de las diferentes instancias de dirección.

b. Participar en las reuniones de las diferentes instancias de la FEU-Colombia, según corresponda. 

c. Construir planes de trabajo de acuerdo a las líneas generales de la FEU Colombia emanadas de su Congreso y sus Asambleas de Delegados.

d. Comunicar las definiciones de las diferentes instancias 

e. Permitir la mediación de las instancias de dirección desde lo local, pasando por lo regional y nacional, en el estudio y solución de los conflictos. 

f. Guardar absoluta reserva sobre los asuntos que así lo definan las instancias de dirección.

 

TITULO III

LA ESTRUCTURA DE LA FEU-COLOMBIA Y SUS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN

CAPITULO I

Articulo Nº 11. LA ESTRUCTURA DE LA FEU-COLOMBIA: La estructura de la Feu-Colombia se organiza de la siguiente manera: 

a) Congreso Nacional.

b) Asamblea Nacional de Delegados.

c) Comité Nacional de Delegados.

d) Coordinaciones regionales.

e) Coordinaciones universitarias.

Artículo N° 12: El Congreso Nacional: El Congreso es la máxima instancia de definición de la FEUCOLOMBIA, en él se construyen y definen los lineamentos generales que guiarán el trabajo de los federados y demás instancias organizativas en un determinado periodo de tiempo. 

Parágrafo: El Congreso Nacional se desarrollará de manera ordinaria cada 3 años y se citará de manera extraordinaria si la Asamblea Nacional de Delegados así lo considera a partir de las condiciones políticas y organizativas. 

Artículo N° 13: Funciones del Congreso Nacional: Este escenario tendrá las siguientes funciones:

a) Elaborar y aprobar las políticas, programa y líneas de acción de la FEU a partir del análisis de la situación política nacional, de la educación superior y el movimiento estudiantil, así como evaluar el trabajo desarrollado desde el Congreso anterior. 

b) Aprobar enmiendas y plataformas adicionales o reformas a la Declaración de Estatutos, principios, plataforma y programa.

c) Ratificar la afiliación o desafiliación de la FEU a otras organizaciones estudiantiles nacionales e internacionales, inicialmente definidas por la AND. 

d) La aprobación, adopción y reforma de los estatutos de la Federación.

e) Convocar la elección del Comité Nacional de Delegados.

f) La aprobación de las cuotas extraordinarias que las organizaciones y estudiantes federados deban pagar a la Federación.

g) La liquidación o disolución de la Federación por el voto de las dos terceras partes de los delegados debidamente elegidos por las organizaciones Afiliadas, en tres debates, en diferentes días y en sesión plenaria. 

h) Decretar la expulsión de las organizaciones miembros por incumplimiento grave de los presentes estatutos o de sus deberes gremiales, lo cual debe estar plenamente comprobado.

i) Darse su propio reglamento.

Artículo N° 14: La Asamblea Nacional de Delegados: Después del congreso de la FEU-Colombia, el segundo espacio de decisión será la Asamblea Nacional de Delegados (AND), la cual sesionará dos veces en el año o extraordinariamente cuando el Comité Nacional de Delegados lo considere o la tercera parte de las Coordinaciones Regionales se pronuncien a favor de convocar una AND. Con base en las definiciones del Congreso de la FEU-COLOMBIA, se reúne al inicio de todos los años para balancear y construir los planes de trabajo anuales, y a mitad de año para proyectar el Plan de acción del segundo semestre. 

Artículo N° 15: Funciones de la Asamblea Nacional de Delegados: Son funciones de esta instancia: 

1. Aplicar la política aprobada en el Congreso Nacional inmediato anterior, a partir de la discusión y definición del plan de trabajo de la FEU-Colombia. 

2. Elegir o revocar el Comité Nacional de delegados y, en caso de ausencia total o renuncia de algunos de sus miembros, llenar la vacante.

3. Expedir y establecer las bases de las convocatorias para la realización del Congreso Nacional, la elaboración de sus tesis de discusión y las demás actividades acordadas en su seno.

4. Nombrar las comisiones permanentes y especiales de la Asamblea nacional, recibir sus informes semestrales y aprobar sus dictámenes. Así como definir los equipos de trabajo de las secretarías que componen el Comité Nacional de Delegados de la FEU-Colombia. 

5. Recibir los informes semestrales de las actividades del Comité Nacional de Delegados, así como de los Delegados que dicho Comité haya designado para participar en actividades especiales.

6. Vigilar la buena marcha de la FEU y de su Comité Nacional de Delegados, a través de la permanente comunicación y evaluación e implementando los mecanismos necesarios para el buen funcionamiento de estos órganos. 

7. Establecer los lineamientos que normen la actividad y los planteamientos de los representantes de la FEU ante los órganos de gobierno de la Universidad y de las instituciones de educación cuyo estudiantado se incorpore a la FEU. 

8. Admitir nuevas Asociaciones de estudiantes y federaciones que conforme a los estatutos se afilien a la FEU. Admisión que será ratificada por el Congreso Nacional. 

9. Resolver en segunda instancia de los problemas y conflictos internos de la FEU.

10. Aprobar los reglamentos internos y presupuesto de la FEU.

Artículo N°16: Conformación de la Asamblea Nacional de Delegados: En la Asamblea Nacional de Delegados participan los delegados por Universidad, los miembros de las coordinaciones regionales, los miembros del Comité Nacional de Delegados, los equipos y comisiones nacionales, las redes y los invitados que se determinen. 

Artículo N° 17: Mecanismos de decisión de la Asamblea Nacional de Delegados: La Asamblea Nacional de Delegados privilegiará el consenso como mecanismo para la toma de decisiones. En caso de no haber consenso las definiciones se tomarán a partir de un voto cada coordinación regional. En caso de que no exista consenso al interior de una o más regiones, éstas deberán reunirse para definir una postura regional que puede ser tomada por consenso o a partir de una votación simple en la que cada universidad tiene derecho a participar con dos votos. 

Las secretarías, equipos nacionales e invitados, no tienen voto y se asumen a la postura de su región. 

Artículo N° 18: El Comité Nacional de Delegados: El Comité Nacional de Delegados es una instancia de dirección política y organizativa a nivel nacional al constituirse en el punto de enlace entre las orientaciones emanadas por las instancias nacionales y los procesos de coordinación regional. Para esto cuenta con una conformación representativa a nivel nacional. 

Artículo N° 19: Funciones del Comité Nacional de Delegados: EL Comité Nacional de Delegados será el órgano encargado de hacer seguimiento a los planes de trabajo y acción definidos en la Asamblea Nacion

  • al de Delegados, ejecutar las tareas que le sean encargadas por esta o el Congreso, y garantizar el cumplimiento de los principios y los estatutos. Su labor principal es la conducción política de la FEU-COLOMBIA a nivel nacional. 

  • Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos.

  • Constituirse en el vocero de la FEU-Colombia ante las organizaciones del movimiento estudiantil, las del campo popular y los medios de información.

  • Velar por la unidad interna y el buen funcionamiento de la FEU-Colombia.

  • Cohesionar a todos los integrantes de la FEU-Colombia en cada región.

  • Ejecutar y promover el desarrollo de las conclusiones del congreso y las AND.

  • Convocar la AND cuando lo considere necesario.

  • Consultar a los integrantes de las FEU-Colombia sobre los temas que considere necesario.

  • Convocar a la conformación de los equipos de trabajo definidos por la AND.

  • Invitar a dirigentes y activistas regionales a sus reuniones o a los integrantes de los equipos y comisiones que la AND constituya.

  • Las demás que le asigne la AND.

Artículo N° 20: Composición del Comité Nacional de Delegados: Éste órgano esta compuesto así: 

  • Un/a Secretario/a General.

  • Un/a Secretario/a de Relaciones Internacionales.

  • Un/a Secretario/a de Organización.

  • Un/a Secretario/a de Educación.

  • Un/a Secretario/a de Propaganda y Comunicaciones.

  • Un/a Secretario/a de Finanzas.

  • Un/a Delegado/a por cada una de las coordinaciones regionales.

Artículo N° 21: Funciones de los miembros del Comité Nacional de Delegados: 

Funciones del/la Secretario/a General de la FEU-Colombia: Tendrá las siguientes funciones:

  • Convocar las reuniones del Comité Nacional de Delegados.

  • Elaborar el respectivo plan de la Secretaría que aprobará la AND.

  • Elaborar el orden del día de las respectivas sesiones del Comité Nacional de Delegados.

  • Instalar las reuniones del Comité Nacional de Delegados y presidir sus deliberaciones.

  • Instalar la AND y presidir sus deliberaciones mientras los delegados conforman la mesa directiva de la asamblea.

  • Las demás que le asignen el Comité Nacional de Delegados y la AND.

Funciones del/la Secretario/a de Relaciones Internacionales: Tendrá las siguientes funciones:

  • Elaborar el respectivo plan de la Secretaría que aprobará la AND.

  • Mantener y ampliar las relaciones con las organizaciones estudiantiles de otros países.

  • Canalizar la solidaridad política, monetaria y de otra índole de las organizaciones internacionales para con la FEU-Colombia.

  • Posicionar la FEU-Colombia y sus apuestas políticas ante las organizaciones de otros países.

  • Las demás que le asignen el Comité Nacional de Delegados y la AND.

Funciones del/la Secretario/a de Organización: Tendrá las siguientes funciones:

  • Elaborar el respectivo plan de la Secretaría y la política organizativa de la FEU que aprobará la AND.

  • Actualizar permanentemente el censo de grupos y organizaciones que integran la FEUColombia.

  • Sostener la articulación con Coordinaciones Regionales y Departamentales constituyen la FEUColombia en cada universidad y velar por el buen funcionamiento de la estructura.

  • Mantener al día el archivo del Comité Nacional de Delegados y de la AND de la FEU-Colombia: sus relatorías, conclusiones y demás documentos.

  • Las demás que le asignen el Comité Nacional de Delegados y la AND.

Funciones del/la Secretario/a de Educación: Tendrá las siguientes funciones: 

  • Elaborar el respectivo plan de la Secretaría que aprobará la AND.

  • Diseñar, preparar y organizar las escuelas nacionales de la FEU-Colombia.

  • Proyectar la realización de seminarios de actualización sobre la situación de la educación superior o sobre la situación política nacional.

  • Acompañar la realización de las escuelas regionales de la FEU-Colombia.

  • Las demás que le asignen el Comité Nacional de Delegados y la AND.

Funciones del/la Secretario/a de Comunicaciones: Tendrá las siguientes funciones:

  • Elaborar el respectivo plan de la Secretaria que aprobara la AND.

  • Presidir el comité editorial de la Revista Unidad de la FEU-Colombia.

  • Dirigir la página web de la FEU-Colombia.

  • Elaborar la editorial de la Revista Unidad y la página web, previa discusión del Comité Nacional de Delegados de la FEU-Colombia.

  • Proponer campañas publicitarias y propagandísticas tendientes a posicionar las apuestas políticas y reivindicativas de la FEU-Colombia.

  • Las demás que le asignen el Comité Nacional de Delegados y la AND.

Funciones del/la Secretario/a de Finanzas: Tendrá las siguientes funciones:

  • Elaborar el respectivo plan de la Secretaria que aprobara la AND.

  • Administrar los bienes de la FEU-Colombia.

  • Disponer, con previa aprobación del Comité Nacional de Delegados, de los dineros con los que cuente.

  • Recolectar los aportes monetarios de los grupos, organizaciones o regiones.

  • Proponer opciones de financiamiento o autofinanciamiento para el Comité Nacional de Delegados de la FEU-Colombia.

  • Las demás que le asignen el Comité Nacional de Delegados y la AND.

Artículo N° 22: Las Coordinaciones Regionales: Las Coordinaciones regionales son esenciales para la profundización de la democracia al interior de la FEU-COLOMBIA y se constituyen en un organismo propositivo para fortalecer las decisiones que tome el Comité Nacional de Delegados de la FEU Colombia sobre temas transcendentales o coyunturales. Las coordinaciones Regionales son la base sobre la cual se constituye el Comité Nacional de Delegados.

Artículo N° 23: Funciones de las coordinaciones regionales: Las coordinaciones regionales tienen la función de hacer veeduría al cumplimiento de los planes de trabajo nacional, construir propuestas para la federación a nivel nacional, trazar y proyectar políticas y lineamientos según las necesidades propias de la región:

1) Trazar lineamientos o planes específicos de acuerdo a las realidades y necesidades particulares del departamento o de la región (ej. Política de recimiento).

2) Contribuir a la solución de los problemas organizativos o de otra índole.

3) Realizar un acompañamiento y apoyo a los procesos organizativos en desarrollo o que presenten alguna dificultad. 

4) Aportar políticamente en la construcción de los lineamientos del plan nacional de trabajo y hacer un seguimiento de su ejecución en el ámbito regional y departamental. 

5) En el caso de la Coordinación regional, contribuir a las definiciones del Comité Nacional de Delegados. Adicionalmente, La coordinación debe dar ante este órgano un balance periódico de sus definiciones y funcionamiento.

Artículo N° 24: Composición y organización de las coordinaciones regionales:Estarán conformadas por los delegados de las coordinaciones departamentales en donde existan más de una IES con presencia de la Federación en el departamento, o por los delegados de la IES que se encuentre en un departamento determinado.

Los departamentos se articularán en coordinaciones regionales de la siguiente manera:

1) Sur-occidente: Cauca, Nariño y Valle del Cauca. 

2) Sur: Tolima, Huila y Caquetá. 

3) Caribe: Atlántico, Córdoba, Magdalena, Guajira, Sucre, Bolívar. 

4) Nororiente: Santander y Norte de Santander. 

5) Oriente: Cundinamarca, Boyacá, Meta, Yopal, Arauca.

6) Bogotá D.C. 

7) Noroccidente: Caldas, Quindío, Risaralda, Antioquia y Chocó.

Artículo N° 25: Las coordinaciones universitarias: Las coordinaciones universitarias se conformarán en las universidades donde exista más de un colectivo de trabajo de base o proceso organizativo. Son las encargadas de trazar lineamientos y perspectivas políticas y gremiales para el trabajo de la FEU-Colombia en cada universidad, partiendo de los elementos trazados a nivel regional y nacional, así como contemplando las particularidades y las dinámicas específicas, con el objetivo de potenciar la incidencia y la iniciativa de la Federación hacia el grueso del estudiantado.

 

TITULO IV

DISPOSICIONES ESPECIALES Y FINALES

CAPITULO I

DISPOSICIONES ESPECIALES

Artículo Nº 35. El quórum: para todas las decisiones de la dirección nacional de la FEU-Colombia se establecerá un Quórum Decisorio de la mitad más uno de los integrantes presentes. 

 

CAPITULO II

DISPOSICIONES FINALES

Artículo Nº 12. La disolución de la FEU-Colombia: la FEU-Colombia se disolverá por común acuerdo y decisión de las tres cuartas partes participantes de su congreso, cuando la discusión y la deliberación efectuada en un momento determinado así lo requieran, en consonancia con la vocación unitaria de la FEU-Colombia, o para dar paso a formas organizativas más elevadas.

Parágrafo 1°: el congreso de la FEU-Colombia estudiará la disolución de la federación solamente después de haber sido aprobada por la Asamblea Nacional de Delegados.

Artículo Nº 13. La modificación de los estatutos: Los estatutos de la FEU-Colombia serán modificados en el marco de su Congreso, o en el escenario que éste designe, recogiendo y sometiendo a consideración una propuesta unificada.

Artículo Nº 38. Disposición final: El presente estatuto rige a partir de la fecha de su aprobación.

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